El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado la Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores.
En cuanto a los nuevos importes que se exigirán a partir de ahora a quienes pretendan ingresar a España como turistas destacamos:
IMPORTES DE REFERENCIA ESTABLECIDOS POR LAS AUTORIDADES NACIONALES PARA EL CRUCE DE LAS FRONTERAS EXTERIORES
CROACIA
Sustitución de la información publicada en el DO C 248 de 8.7.2016, p. 12 .
De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el régimen de visados (Boletín Oficial de la República de Croacia n.o 92/2021), los nacionales de terceros países están obligados a acreditar que disponen de medios económicos suficientes para sufragar sus gastos durante una estancia de corta duración en la República de Croacia, además de su regreso al país de origen o traslado a un tercer país.
Al entrar un nacional de un tercer país en la República de Croacia, las autoridades responsables del control de las fronteras estatales están autorizadas a exigirle que acredite disponer de medios económicos suficientes para sufragar sus gastos durante la estancia en la República de Croacia, además de su regreso al país de origen o de traslado a un tercer país.
El importe de los medios financieros fijado equivale a 70 EUR (setenta euros) por día de estancia prevista en la República de Croacia.
Fuente: DOUE
https://blogextranjeriaprogestion.org/
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